Resumen:
Los valores mobiliarios no representan otra cosa que la movilización del derecho de propiedad y son una de las grandes innovaciones de las legislaciones modernas, ya que el Derecho romano, esencialmente formalista ha ignorado la movilización del Derecho de propiedad. Griegos y romanos practicaron poco negocio bancario, limitándose a la profesión de cambistas. Una visión histórica que comprende la “Taula de Canvi”, las compañías de indias las lonjas y las encíclicas papales nos conducen a la Revolución Industrial que permite aumentar las rentas, se inicia el ahorro que permite nuevas reinversiones y la aparición de los valores mobiliarios, uno de los principales instrumentos de la gran evolución económica y social que se ha realizado en el siglo XX y que ha permitido la democratización de la inversión. La verdadera solución a la difusión de la propiedad mobiliaria son los fondos de inversión, de los que se hace detallado estudio comparativo (EEUU, Japón, Alemania, Gran Bretaña) con la Ley de Fondos de Inversión del 30 de Abril de 1964. Ha transcurrido algo más de un año de esta nueva y revolucionaria figura jurídica y sin embargo no funciona todavía ninguno de estos Fondos ¿A que es debido esta reacción negativa o de espera? La respuesta obligaría a un detallado análisis del problema. La Administración deberá considerar las posibles deficiencias de la actual legislación y adaptarla a las necesidades actuales del Mercado de Capitales. Un país sin Bolsa no es un país en desarrollo. Una Bolsa fuerte presenta al país que la tiene con una gran prosperidad, por lo que es conveniente elevar entre los pequeños inversores el incentivo de inversión y atraer ese dinero al mercado de capitales.